Rio+20 Convocatoria de Juristas y de Asociaciones

 

CONVOCATORIA DE JURISTAS Y DE ASOCIACIONES DE DERECHO AMBIENTAL

Abierto para la firma el 1 de octubre de 2011para ser enviado

a los Estados PARTICIPANTES DE LA CONFERENCIA
DE RIO (4-6 junio 2012)

 

Nosotros juristas, exhortamos solemnemente a todos los participantes en la Conferencia de Naciones Unidas de Rio de Janeiro (Brasil) entre el 4 y 6 de junio de 2012, a asegurar que esta Conferencia se encuentre al servicio de la protección de los seres vivos y de la Humanidad, a fin de preservar a las generaciones futuras de los desastres ecológicos debidos sobre todo al cambio climático,

Nosotros juristas, preocupados por la degradación acelerada del ambiente y deseosos de que las actividades humanas respeten los límites ecológicos de la Tierra,

Nosotros juristas, reafirmando el papel indispensable del derecho y de los medios puestos en marcha para su aplicación efectiva en el plano internacional, regional, nacional y local, a fin de contribuir al mejoramiento continuo de la calidad del ambiente humano y natural al que cada persona tiene derecho,

Teniendo en cuenta los temas enunciados para la Conferencia de Rio + 20: “una economía verde en el contexto del desarrollo sostenible y de la erradicación de la pobreza” y “el cuadro institucional del desarrollo sostenible”,


I. Convocamos a los Estados del mundo entero a subrayar la importancia política de la Conferencia mediante señales claras:


1. La presencia de los jefes de Estado y de gobierno en la Conferencia de Rio entre el 4 y 6 de junio de 2012,

2. La reafirmación solemne de los principios de solidaridad internacional y de desarrollo sostenible que han de condicionar la lucha contra la pobreza y las desigualdades,

3. La proclamación de la interdependencia entre la paz y la seguridad en el mundo, el respeto a los derechos humanos y la protección del ambiente,


II. Convocamos a los Estados a llenar inmediatamente importantes lagunas del derecho internacional mediante:


1. La consagración de un principio de no regresión en derecho ambiental,

2. El compromiso de los Estados de aplicar efectivamente la democracia ambiental, tal como es definida por el principio 10 de la Declaración de Rio de 1992, a través de los derechos a la información, a la participación y al acceso a la justicia, sea ratificando los instrumentos convencionales existentes en este tema, sea creando nuevas convenciones regionales o mundiales,

3. El compromiso de los Estados, según el caso, de ratificar o adherirse a las convenciones de protección del ambiente mundiales y regionales, ya estén o no en vigor,

4. El compromiso de los Estados de firmar en Rio la Convención Mundial sobre el Mercurio en curso de negociación bajo los auspicios del PNUMA.


III. Convocamos a los Estados a comprometerse con las negociaciones que deben conducir a una verdadera gobernanza mundial sobre el ambiente:

1. Por medio de la invitación enviada a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas a fin de extender al ambiente las competencias del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas y de asegurar en él una
representación adecuada de las ONGs ambientales,

2. Mediante la creación de una Organización Mundial del Ambiente (OMA), institución especializada de las Naciones
Unidas que agrupe a todos los Estados con nuevas misiones, dotada de medios importantes y capaz de reforzar las acciones emprendidas por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente,

3. Por medio de la creación de mecanismos jurisdiccionales de resolución de conflictos ambientales, incluyendo una Corte Mundial del Ambiente,

4. Ofreciendo un mayor espacio a la sociedad civil y, en particular, a las ONGs ambientales en los procesos de toma de decisiones internacionales y regionales relativas al ambiente y/o al desarrollo sostenible mediante la adopción de un conjunto de líneas directrices que garanticen estándares mínimos de participación en dichos procesos así como en los organismos internacionales y regionales,

5. Mediante el fortalecimiento de la independencia de las organizaciones internacionales garantizando la ausencia de conflictos de interés. En particular,  para garantizar la independencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS) demandándole poner fin al acuerdo del 28 de mayo de 1959 que la somete al  OIEA en las cuestiones relativas a la exposición a las sustancias radioactivas y a sus consecuencias para la salud.

 

IV. Convocamos a los Estados a comprometerse en las negociaciones que deben llevar a la conclusión de nuevos instrumentos convencionales sobre el ambiente que respondan a la vez a necesidades imperativas de salud, de preservación de la biodiversidad y de protección de los derechos humanos:

- Un Pacto internacional sobre elambiente y el desarrollo.

- Una convención relativa a la protección de los suelos.

- Una convención relativa a lasevaluaciones ambientales integrando los aspectos sociales y culturales así como los efectos sobre el consumo energético.

- Una convención relativa a la contaminación de origen telúrico en mares y océanos.

- Una convención sobre áreas marinas protegidas en alta mar.

- Una convención relativa a la explotación petrolera offshore.

- Una convención relativa a los paisajes.

- Una convención relativa a la protección del ambiente en casos de conflictos armados.

- Una convención relativa a las catástrofes ecológicas.

- Una convención relativa al estatuto de los desplazados ambientales.


V. Convocamosa los Estados a promover una economía que, a la vez, sea favorable a la puesta en marcha del desarrollo sostenible y participe de la erradicación de la pobreza:

1. Reforzando la responsabilidad ambiental de las empresas en su doble aspecto preventivo y reparador y consagrando internacionalmente la obligación de gobernanza social y ambiental, incluyendo el respeto del conjunto de normas en vigor,

2. Reforzando la capacidad de los jueces para decidir sobre conflictos ambientales  a través de una formación que garantice su independencia y su profesionalidad, incluyendo la creación, si fuera necesario, de tribunales especializados sobre el ambiente,

3. Yendo más allá del actual instrumento internacional no vinculante sobre bosques, mediante la adopción de una convención sobre bosques tan pronto como sea posible y, en todo caso, dentro del plazo establecido para 2015 por el Forum de Naciones Unidas sobre Bosques,

4. Consagrando el derecho al agua y a su saneamiento en el marco del desarrollo sostenible,

5. Reforzando los derechos sociales y ambientales del tratado sobre la Carta de la Energía con el objetivo de un acceso universal a la energía en un plan ambicioso de la Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA)

6. Frente al fenómeno de la apropiación masiva de tierras agrícolas y de espacios naturales y rurales y la aceleración de los impactos sobre la seguridad alimentaria, la biodiversidad y los suelos:

- iniciando urgentemente las negociaciones para un Protocolo a la Convención sobre Biodiversidad relativo a la tenencia de la tierra y a las áreas protegidas.

- creando rápidamente, en el seno de la FAO, un programa internacional de acción para el desarrollo de los agro-sistemas
y de su preservación.

7. Desarrollando nuevos indicadores cualitativos y cuantitativos para medir el progreso del ambiente y del desarrollo,

8. Estableciendo, en aplicación del principio de precaución, un mecanismo de control y de regulación de las nanotecnologías susceptibles de afectar al ambiente y la salud,

9. Favoreciendo la promoción y la valorización de un turismo sostenible en coherencia con las exigencias conjuntas del ambiente y del desarrollo.


Nosotros juristas, estamos convencidos de que si queremos lograr una rápida implementación del desarrollo sostenible es esencial hacer progresar el derecho ambiental e integrarlo mejor en los otros derechos.

Para una aplicación efectiva del derecho ambiental, es necesario reforzar la acción conjunta de los gobiernos y de los parlamentos, de las  colectividades y las comunidades locales,  de las organizaciones internacionales y regionales, de la sociedad civil, de las empresas privadas, de las organizaciones de trabajadores, de las ONG dedicadas al ambiente y el desarrollo sostenible.

Los jueces, fiscales y abogados, tanto nacionales como regionales o internacionales tienen una responsabilidad particular en esta aplicación efectiva respecto de las generaciones presentes y futuras.

Nosotros juristas, convocamos a los Estados representantes de los pueblos a hacer de la Conferencia de Rio 2012 un momento decisivo para el futuro común de la Humanidad y de los ecosistemas.


Centro Internacional de Derecho Comparado del Ambiente

Limoges, Francia, 1 de octubre de 2011.


Convocatoria adoptada al finalizar los trabajos de la reunión mundial de juristas de los cinco continentes y de asociaciones de derecho ambiental reunidos en Limoges (Francia) los días 29 y 30 de septiembre y 1 de octubre de 2011 (informes disponibles, acompañados de 25 recomendaciones en: www.cidce.org)


Michel PRIEUR - CIDCE    Contactar con el autor de la petición